Un juez de la Corte de Distrito Sur de Florida rechazó la moción de un grupo de organizaciones civiles que pidieron bloquear la Ley SB 1718 contra inmigrantes en ese estado, defendida por el gobernador republicano Ron DeSantis.
Al señalar defectos en procedimiento, el juez Roy K. Altman, rechazó la moción de organizaciones civiles para bloquear la Ley SB 1718 contra inmigrantes mientras avanza el proceso judicial.
El juez de la Corte de Distrito Sur en Florida indicó que no hubo una notificación adecuada sobre la moción enviada este martes 8 de agosto.
“[Se] deniega sin perjuicio la Solicitud 24 [la moción] de medida cautelar preliminar de los Demandantes. […] Aunque los Demandantes certifican que entregaron ‘una copia fiel y correcta de ‘la Solicitud’ a todas las partes registradas por correo electrónico y correo postal, Los Demandados aún no han sido notificados en este caso”, argumenta la decisión, según el registro judicial.
El juez Altman agrega que el demandado no tiene la obligación de responder sobre una moción de la que no tiene conocimiento, por lo cual calificó la petición de los demandantes como “prematura”.
“No se espera ni se requiere que el demandado responda a una solicitud de medida cautelar contenida en una moción hasta que haya sido notificada; por lo tanto, la solicitud de medida cautelar es prematura”, dijo el juez.
La buena noticia es que los demandantes pueden volver a presentar la moción, una vez que hayan notificado a los demandados, lo cual puede ocurrir en los siguientes días.
El juez Altman agrega que el demandado no tiene la obligación de responder sobre una moción de la que no tiene conocimiento, por lo cual calificó la petición de los demandantes como “prematura”.
“No se espera ni se requiere que el demandado responda a una solicitud de medida cautelar contenida en una moción hasta que haya sido notificada; por lo tanto, la solicitud de medida cautelar es prematura”, dijo el juez.
La buena noticia es que los demandantes pueden volver a presentar la moción, una vez que hayan notificado a los demandados, lo cual puede ocurrir en los siguientes días.